El proceso por el saqueo a la UNGRD no es el único que ha enfrentado el exdirector del Dapre, Carlos Ramón González. El 24 de febrero de 2005, la Corte Constitucional revisó una tutela en la que el hoy prófugo de la justicia pedía tumbar una condena que el Tribunal Superior de Bucaramanga había confirmado en segunda instancia —y que la Corte Suprema no casó por no cumplir los requisitos— a poco más de un año de cárcel por falsedad en documento.En el expediente, al que tuvo acceso EL TIEMPO, se acusa a González de consignar datos inverídicos en el balance contable que presentó ante el Consejo Nacional Electoral sobre la plata usada para financiar su campaña al Concejo de Bucaramanga en las elecciones de octubre de 1997.Carlos Ramon González, exdirector del Dapre Foto:El TiempoEsto, “pese a tener la obligación de decir la verdad, con el fin de ocultar la violación al tope de inversión que la autoridad electoral había fijado para esa contienda en treinta millones de pesos, según la Resolución 053 del 18 de abril de 1997”, señala la sentencia.El documento llevó al Estado a un error, pues mostraba que no se había superado el tope máximo de inversión en la campaña y permitió acceder al reconocimiento de $1’178.664 por reposición de gastos, suma a la que “González Merchán no tenía derecho”, indicó el Tribunal, por el que tasó una pena de 18 meses de prisión.Un año antes, el 16 de mayo del 2000, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bucaramanga lo había condenado a siete años de prisión y a una multa de 30 millones de pesos por los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros —cargo que fue tumbado en segunda instancia— y falsedad en documento. “Una vez en firme, se reiterarán las órdenes de captura contra el sentenciado para ante las autoridades respectivas”, indicó.Los hechos se remontan al 13 de mayo de 1997, cuando el director del Instituto de Salud de Bucaramanga (ISABU), César Augusto Bueno, advirtió que habría problemas en la prestación del servicio de vigilancia en los puestos de salud por falta de disponibilidad presupuestal para cubrir esos pagos. Presidente Gustavo Petro y Carlos Ramon González Foto:Presidencia / César Melgarejo/ El TiempoAnte ello declaró la urgencia manifiesta y contrató verbalmente el servicio de celaduría con la fundación Alborada, la cual prestaría el servicio desde el 6 de mayo de 1997, bajo el compromiso de pagar cuando existieran recursos. Ese acto administrativo no tuvo control fiscal.Un segundo contrato se celebró el 24 de julio del mismo año, nuevamente entre César Augusto Bueno y la representante legal de Alborada, Tania Eugenia Cifuentes. Se estableció que el valor de la prestación de los servicios de vigilancia de los puestos de salud entre el 6 de mayo y el 7 de julio de 1997 ascendía a $36.154.000. Y se aclaró además que el contrato no estaba sometido a selección objetiva, pues Alborada había sido la única en aceptar prestar el servicio en las condiciones estipuladas.Para la firma de estos contratos, Alborada solo presentó prueba de existencia y representación legal, sin que se le exigiera la licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Pese a esa irregularidad, el ISABU celebró los contratos, registrando como dirección de la fundación la carrera 25 #35-65 de Bucaramanga, inmueble que correspondía a la sede política de Carlos Ramón González Merchán.La Fiscalía Cuarta del Socorro, Santander comprobó que “existió un acuerdo previo entre Bueno y González para defraudar el erario, configurándose un concurso homogéneo y sucesivo, dado que varias sumas ingresaron en diferentes momentos a las cuentas del concejal”. Por esta razón, le imputaron el peculado. “El perjuicio al patrimonio público también quedó demostrado, junto con la afectación al buen nombre de la administración. Por ello se estimó que Carlos Ramón González Merchán debía ser condenado como determinador del delito de peculado a favor de terceros”, señala.Estos dineros habrían ido a parar a su campaña al Concejo. Sin embargo, las cifras fueron maquilladas y se usaron otras cuentas bancarias para borrar el registro de la violación de topes.El 25 de agosto de 2004, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió la acción de tutela instaurada por González Merchán contra el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bucaramanga y la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad. Sandra Ortiz, exconsejera para las regiones; Ricardo Bonilla, Minhacienda; y Carlos R. González. Foto:Archivo particularEsta instancia inadmitió la demanda de casación, al considerar que la pena máxima prevista para ese delito no superaba los 8 años requeridos para su procedencia y porque el casacionista no argumentó ni acreditó una causal de casación excepcional.La sentencia fue remitida a la Corte Constitucional y seleccionada por la Sala de Selección No. 11, mediante auto del 5 de noviembre de 2004, correspondiendo su estudio a la Sala Tercera de Revisión.El estudio en la CorteCarlos Ramón González, a través de su apoderado, pidió la protección de sus derechos fundamentales a la libertad personal y al debido proceso, que consideró vulnerados por las actuaciones del Tribunal Superior de Bucaramanga y del Juzgado 7º Penal del Circuito, en el marco de la condena que le impuso de 18 meses de prisión como autor del delito de falsedad en documento privado.Según González, se incurrió en una vía de hecho, pues el Juzgado y el Tribunal crearon de facto la figura de “falsedad ideológica en documento”, cuando esta tipificación, señaló la defensa, está reservada al “legislador”. Solicitó que la Corte Suprema le ordenara a los jueces dictar una nueva sentencia y que se declarara la nulidad de la acusación. No obstante, la Corte Constitucional confirmó la sentencia, al señalar que “el hecho de que no se compartan las apreciaciones del fallador, o que la técnica jurídica empleada no haya sido la más estricta, no convierte la providencia en una vía de hecho”.Alcalde de Cali sobre las amenazas en su contra. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

El otro proceso por corrupción y la condena a Carlos Ramón González en Santander: juez le ordenó prisión
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