Meses antes de que arranque en firme la campaña para las legislativas y presidenciales del próximo año —pero con los motores electorales ya encendidos— salió a la luz un proyecto que surtió el trámite legislativo de agache y que está a solo una firma del Presidente de convertirse en ley. Se trata de una norma que modifica las reglas de juego para las encuestas y cuyo articulado ha sido epicentro de debate por sus implicaciones en el reñido pulso político que se avecina. Sin embargo, también ha empezado a discutirse su andamiaje jurídico: si, tal como fue tramitado, correspondía a una ley ordinaria o si, por su naturaleza, debió ser una estatutaria.Proyecto de Ley de encuestas Foto:ArchivoLa ley, que logró el respaldo de fuerzas de todas las orillas políticas en el Congreso, regula la realización y divulgación de encuestas para cargos de elección popular y de opinión política. En la práctica, actualiza la Ley 996 de 2005, que contiene las disposiciones normativas aún vigentes.Según sus consideraciones, la nueva norma busca “garantizar la igualdad en el acceso a la información y la transparencia de los datos, en aras de aumentar la confiabilidad y robustecer técnicamente la aplicación de dichas técnicas de investigación en el territorio nacional”.La controversia se desató por artículos como el que establece un límite de tiempo para la realización de encuestas de intención de voto: solo podrán hacerse a partir de los tres meses previos al inicio del periodo de inscripción de candidatos. También genera debate la vigilancia que ejercerá el Consejo Nacional Electoral, que en su revisión posterior evaluará aspectos como la “adecuada selección de la muestra y la forma en que se realizan las preguntas”.Los resultados de las últimas encuestas para alcaldía de Bogotá Foto:EL TIEMPOAdemás, han causado reparos medidas como la ampliación obligatoria de las muestras y la inclusión forzosa de municipios con más de 800.000 habitantes.Las aguas están divididas entre quienes creen que era un ajuste necesario para garantizar mayor transparencia en estos sondeos, que terminan siendo o catapultas o despeñaderos para los candidatos. Diego Rubiano, coordinador del Observatorio Político de la MOE (Misión de Observación Electoral), en entrevista con EL TIEMPO, se inclinó por la primera opinión.“Es un avance importante en términos técnicos. Particularmente porque hablamos de estudios de opinión y de encuestas de intención de voto con criterios técnicos mucho más estrictos. Hablamos de que las encuestas de carácter nacional deben tener máximo un margen de error del 3 % y un margen de confiabilidad del 95 %, que es un criterio, digamos, técnico, sensato y serio para estudios de esta magnitud”, señaló.Sin embargo, del lado de las encuestadoras —los directamente afectados por los cambios— la reforma no cayó bien. Para César Caballero, director de la firma Cifras & Conceptos, si bien desde hace más de 10 años se viene insistiendo en la necesidad de modernizar la regulación sobre encuestas, el proyecto, tal como está planteado, termina afectando a la democracia y cercenando a las empresas que se dedican a medir el debate público.El proyecto de Ley fue aprobado en último debate durante la última semana del Congreso Foto:Archivo EL TIEMPO / Néstor Gómez“Hay varios elementos que demuestran que, cuando se adoptan criterios maximalistas, se puede terminar en situaciones indeseadas. Allí se plantea, por ejemplo, que debe usarse la regionalización del Dane, lo que implicaría que si uno quiere medir la opinión en Tolima, también tendría que ir al Amazonas, porque hacen parte de la misma región. El proyecto tiene problemas de estructuración y está atravesado por una ceguera ideológica. Hay un ánimo vengativo hacia las encuestas. Los políticos con muchos recursos van a seguir contratándolas; los que no los tienen, perderían esa oportunidad”, aseguró Caballero.Esta opinión la comparte Carlos Lemoine, del Centro Nacional de Consultoría, quien afirmó que se reduciría al mínimo posible la producción de encuestas. “Al exigir, por ejemplo, muestras de 2.000 personas, se vuelve inviable que algún medio, local o nacional, financie una encuesta. Es un mandato al silencio de los medios en materia de encuestas. El proceso de formar un presidente le incumbe al país entero, y las encuestas contribuyen a que la voz del ciudadano se escuche en ese camino. Si no se permite que las encuestas den voz a la ciudadanía, todo queda en manos de las esferas políticas. Es una ley antidemocrática, encaminada a silenciar al ciudadano para que la maquinaria política se adueñe del proceso electoral”, agregó.¿Ley estatutaria?La discusión jurídica de la norma gira en torno a si las modificaciones reglamentarias debieron tramitarse mediante una ley ordinaria —como efectivamente se hizo— o si, por el contrario, correspondía seguir la ruta de una ley estatutaria, toda vez que la Ley 996 de 2005, que fue modificada, tiene ese carácter.Inauguración de la Feria Internacional Aeronáutica Foto:Así lo advirtió el director del Centro Nacional de Consultoría: “Esa ley es de naturaleza estatutaria y este proyecto se tramitó como una ley ordinaria, a espaldas de quienes ejercemos este oficio. Es inconstitucional a toda costa”.Al tratarse de una norma estatutaria, su aprobación requería mayoría absoluta y debía pasar por revisión previa de la Corte Constitucional. Como ese trámite no se surtió, será el alto tribunal, en caso de una eventual demanda de inconstitucionalidad, el que tenga la última palabra sobre su futuro.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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