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A pocas horas de que se instale la audiencia de acusación contra Daniel Quintero por el escándalo de Aguas Vivas, este viernes al exalcalde de Medellín le fue confirmada la sanción disciplinaria que le había sido impuesta por la polémica frase “el cambio en primera”, a favor del Pacto Histórico en 2022. La decisión de la Procuraduría, que enreda aún más las aspiraciones políticas del polémico exmandatario, pasará a control del Consejo de Estado antes de entrar en vigencia. EL TIEMPO conoció que con un fallo de segunda instancia, el procurador Gregorio Eljach le mantuvo al exmandatario la inhabilidad por seis meses para ocupar cargos públicos por haber participado en política indebidamente, la cual le había sido dictada en julio de 2024.Además, es inminente un llamado a juicio disciplinario por el mismo escándalo de Aguas Vivas. Sede de la Procuraduría General de la Nación. Foto:ProcuraduríaEl proceso parte de una queja que puso un ciudadano en el año 2022, al anotar que el entonces alcalde desplegó los días 13 y 17 de marzo, así como el 9 de mayo de 2022, una serie de conductas indebidas al promover frases a favor del Pacto Histórico, el cual se encontraba en campaña para las elecciones de ese entonces.En julio de 2024, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular revisó las publicaciones que hizo en redes sociales el exalcalde a favor del Pacto, decidiendo que se trató de una participación en política indebida al ser un funcionario público.Daniel Quintero. Foto:Fernando Ariza Romero. EL TIEMPOAl analizar los argumentos del fallo de primera instancia y los que expuso la defensa del exalcalde, el procurador Gregorio Eljach concluyó que “con la conducta desplegada por Daniel Quintero Calle, en su condición de alcalde de Medellín, afectó la función, al vulnerar la prohibición de participación en política establecida en la Constitución, afectando así el equilibrio democrático, al tomar partido en la contienda electoral y comprometer la confianza pública en la neutralidad de laadministración”.Por ende lo sancionó a seis meses, los cuales podrán ser revisados a través de una demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa, en especial el Consejo de Estado. De no proceder con ello, el fallo quedará en firme.Daniel Quintero. Foto:MAURICIO MORENO CETTCarlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.comJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia: